- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 745
Artículo 745 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Ministerio Público (que es la autoridad que representa los intereses de la sociedad, como un fiscal) debe dar su opinión cuando una familia quiera reducir o desaparecer legalmente su patrimonio familiar. Esto aplica, por ejemplo, cuando se vende o se termina el acuerdo que protege la casa o los bienes de la familia. En pocas palabras, antes de hacer cualquier cambio grande en esos bienes, el fiscal tiene que ser escuchado para asegurarse de que todo esté en orden.
Texto oficial
Artículo 745.- El Ministerio Público será oído en la extinción y en la reducción del patrimonio de la familia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.