Artículo 765 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los bienes de dominio del poder público son todas las propiedades que le pertenecen al gobierno federal, a los gobiernos de los estados o a los municipios. Esto incluye cosas como terrenos, edificios o recursos que son de todos los mexicanos y que el gobierno administra. No son propiedad de una persona en particular, sino que se usan para beneficio de la comunidad.
Texto oficial
Artículo 765.- Son bienes de dominio del poder público los que pertenecen a la Federación, a los Estados o a los Municipios.
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