Artículo 767 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los bienes que son propiedad del gobierno se dividen en tres grupos. Los de uso común son los que todos podemos usar, como las calles, plazas y parques. Los destinados a un servicio público son los que el gobierno usa para darte servicios, como hospitales, escuelas o bibliotecas. Y los bienes propios son los que generan dinero para el gobierno, como terrenos que renta o edificios que no están abiertos al público.
Texto oficial
Artículo 767.- Los bienes de dominio del poder público se dividen en bienes de uso común, bienes destinados a un servicio público y bienes propios.
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