Artículo 777 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Pase lo que pase, sin importar cuánto valga el objeto, se pondrán anuncios en lugares públicos del centro del municipio durante un mes, cada diez días. En esos avisos se dirá que, cuando se termine el plazo, la cosa se va a rematar (es decir, se venderá en subasta pública) si nadie aparece para reclamarla como suya.
Texto oficial
Artículo 777.- Cualquiera que sea el valor de la cosa, se fijarán avisos durante un mes, de diez en diez días, en los lugares públicos de la cabecera del municipio, anunciándose que al vencimiento del plazo se rematará la cosa si no se presentare reclamante. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 90 de 370
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