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Artículo 782 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si encontraste algo que vale mucho y la autoridad decide que deben guardarlo por una razón especial, te toca la cuarta parte de lo que cueste. Por ejemplo, si hallaste un objeto que vale 100 pesos, recibirás 25 pesos como recompensa. Esto solo aplica si la autoridad considera que hay que conservarlo.

Texto oficial

Artículo 782.- Cuando por alguna circunstancia especial fuere necesario, a juicio de la autoridad, la conservación de la cosa, el que halló ésta recibirá la cuarta parte del precio.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 90) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.