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Artículo 785 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un bien vacante es un terreno, casa o edificio del que nadie puede demostrar ser el dueño legal. Esto significa que no hay una persona o empresa que tenga un título de propiedad claro y reconocido por las autoridades. Si un inmueble no tiene dueño conocido, el gobierno puede quedarse con él. En términos simples, son propiedades que están como "sin papeles" o abandonadas, sin dueño identificado.

Texto oficial

Artículo 785.- Son bienes vacantes los inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 90) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.