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Artículo 793 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien tiene una cosa solo porque depende de su dueño (como un empleado o trabajador), y la guarda siguiendo las órdenes del dueño, la ley no lo considera dueño o poseedor. Es decir, aunque tenga el objeto en sus manos, legalmente es como si el dueño siguiera teniendo el control. Esto pasa, por ejemplo, cuando un empleado cuida herramientas de su jefe: él solo las cuida, pero no tiene poder sobre ellas. Así que no cuenta como posesión, solo como una tenencia por instrucciones.

Texto oficial

Artículo 793.- Cuando se demuestre que una persona tiene en su poder una cosa en virtud de la situación de dependencia en que se encuentra respecto del propietario de esa cosa, y que la retiene en provecho de éste en cumplimiento de las órdenes e instrucciones que de él ha recibido, no se le considera poseedor.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 91) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.