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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
905

Artículo 905 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el dueño de un terreno ve que alguien está construyendo, sembrando o plantando en su propiedad, y no hace nada para detenerlo o reclamar, entonces la ley dice que actuó de mala fe. Esto significa que no se vale que después salga con que no sabía, porque la ley asume que lo permitió a propósito. La mala fe aquí es que el dueño dejó que ocurriera el daño sin intervenir, aunque estaba consciente de lo que pasaba.

Texto oficial

Artículo 905.- Se entiende haber mala fe por parte del dueño, siempre que a su vista, ciencia y paciencia se hiciere el edificio, la siembra o la plantación.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 100) ↗

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