Artículo 905 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el dueño de un terreno ve que alguien está construyendo, sembrando o plantando en su propiedad, y no hace nada para detenerlo o reclamar, entonces la ley dice que actuó de mala fe. Esto significa que no se vale que después salga con que no sabía, porque la ley asume que lo permitió a propósito. La mala fe aquí es que el dueño dejó que ocurriera el daño sin intervenir, aunque estaba consciente de lo que pasaba.
Texto oficial
Artículo 905.- Se entiende haber mala fe por parte del dueño, siempre que a su vista, ciencia y paciencia se hiciere el edificio, la siembra o la plantación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.