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Artículo 905 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el dueño de un terreno ve que alguien está construyendo, sembrando o plantando en su propiedad, y no hace nada para detenerlo o reclamar, entonces la ley dice que actuó de mala fe. Esto significa que no se vale que después salga con que no sabía, porque la ley asume que lo permitió a propósito. La mala fe aquí es que el dueño dejó que ocurriera el daño sin intervenir, aunque estaba consciente de lo que pasaba.

Texto oficial

Artículo 905.- Se entiende haber mala fe por parte del dueño, siempre que a su vista, ciencia y paciencia se hiciere el edificio, la siembra o la plantación.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 100) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.