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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
91

Artículo 91 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El acta de tutela es el documento oficial que se llena cuando a alguien se le nombra como tutor de una persona que no puede cuidarse sola. Ahí deben aparecer datos como el nombre y edad del incapacitado, qué tipo de incapacidad tiene y quiénes eran sus papás o encargados antes de la tutela. También se anotan los datos completos del tutor, del curador (el que supervisa al tutor) y la garantía que dio el tutor para asegurar que hará bien su trabajo, ya sea con un fiador o con bienes. Por último, se escribe el nombre del juez que aprobó la tutela y la fecha en que lo hizo.

Texto oficial

Artículo 91.- El acta de tutela contendrá: I. El nombre, apellido y edad del incapacitado; II. La clase de incapacidad por la que se haya diferido la tutela; III. El nombre y demás generales de las personas que han tenido al incapacitado bajo su patria potestad antes del discernimiento de la tutela; IV. El nombre, apellido, edad, profesión y domicilio del tutor y del curador; V. La garantía dada por el tutor, expresando el nombre, apellido y demás generales del fiador, si la garantía consiste en fianza; o la ubicación y demás señas de los bienes, si la garantía consiste en hipoteca o prenda; VI. El nombre del juez que pronunció el auto de discernimiento y la fecha de éste;

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 12) ↗

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