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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/943
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
943

Artículo 943 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cuando varias personas son dueñas de algo en partes iguales, como un terreno o una casa. Dice que cada quien puede usar esa cosa común, pero con dos reglas: usarla para lo que fue hecha (por ejemplo, si es un terreno, no construir un circo ahí si no es para eso) y sin dañar los derechos de los demás copropietarios. O sea, puedes disfrutarla, pero sin dejar que nadie más no pueda usarla también.

Texto oficial

Artículo 943.- Cada partícipe podrá servirse de las cosas comunes, siempre que disponga de ellas conforme a su destino y de manera que no perjudique el interés de la comunidad, ni impida a los copropietarios usarla según su derecho.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 103) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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