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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
945

Artículo 945 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ninguno de los dueños de algo compartido puede hacer cambios en esa propiedad si los demás no están de acuerdo, aunque esos cambios pudieran beneficiar a todos. Esto aplica a casas, terrenos o cualquier bien que sea de varios. Necesitas el permiso de los otros dueños para modificar las cosas, incluso si crees que les va a convenir. En pocas palabras: no puedes cambiar lo que es de todos sin que todos estén de acuerdo.

Texto oficial

Artículo 945.- Ninguno de los condueños podrá, sin el consentimiento de los demás, hacer alteraciones en la cosa común, aunque de ellas pudiera resultar ventajas para todos.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 103) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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