- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 963
Artículo 963 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres dueño de un terreno que está junto a una pared que divide tu propiedad con la de tu vecino, pero esa pared no es compartida (es decir, solo le pertenece a él), tú no puedes convertirla en medianera (compartida) por tu cuenta. Para que la pared pase a ser común, tienes que hacer un acuerdo por escrito con el dueño de esa pared, y solo entonces podrás usarla como si fuera de los dos, ya sea toda o una parte.
Texto oficial
Artículo 963.- El propietario de una finca contigua a una pared divisoria que no sea común, sólo puede darle este carácter en todo o en parte, por contrato con el dueño de ella.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.