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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/993
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
993

Artículo 993 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien te da el derecho de usar y disfrutar algo que se desgasta con el tiempo (como ropa, muebles o electrodomésticos), puedes usarlos normalmente, según para lo que sirven. Al terminar ese derecho, no tienes que devolverlos como nuevos: solo los entregas en el estado en que estén después de usarlos. Pero eso sí, si los dañas por descuido o a propósito, tienes que pagarle al dueño por el deterioro. O sea, el desgaste normal está permitido, pero lo que rompas por tu culpa lo tienes que cubrir.

Texto oficial

Artículo 993.- Si el usufructo comprendiera cosas que se deterioran por el uso, el usufructuario tendrá derecho a servirse de ellas, empleándolas según su destino, y no estará obligado a restituirlas, al concluir el usufructo, sino en el estado en que se encuentren; pero tiene obligación de indemnizar al propietario del deterioro que hubiere sufrido por dolo o negligencia.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 108) ↗

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