- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1086
Artículo 1086 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se presente la lista de gastos legales (costas) al juez, él le dará copia a la persona que perdió y debe pagar. Esa persona tendrá tres días para revisarla y decir si está de acuerdo o no. Si está inconforme, puede explicar por qué. Esto es para que todos estén enterados antes de que el juez decida.
Texto oficial
Artículo 1086.- Presentada la regulación de las costas al juez o tribunal ante el cual se hubieren causado, se dará vista de ella por tres días a la parte condenada, para que exprese su conformidad o inconformidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.