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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/1097
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
1097

Artículo 1097 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un juez o tribunal se da cuenta de que un abogado o una de las partes pidió cambiar de juez a propósito, sin una razón válida, solo para alargar el juicio o hacerlo más lento, le pueden poner una multa. La multa no puede ser más de lo que ganarías en cien días de salario mínimo en el lugar donde se está llevando el caso. Es decir, si metes un recurso solo para perder tiempo, te pueden castigar con una sanción económica.

Texto oficial

Artículo 1097.- El juez o tribunal, que de las actuaciones de la incompetencia promovida, deduzca que se interpuso sin razón y con el claro propósito de alargar o entorpecer el juicio, impondrá una multa a la parte promovente, que no exceda del equivalente de cien días de salario mínimo vigente en el lugar en que se desahogue el procedimiento. Artículo reformado DOF 24-05-1996, 23-05-2000

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 117) ↗

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