- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1098
Artículo 1098 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 1098 ya no existe en la ley, porque fue eliminado primero en 1996 y luego definitivamente en el año 2000. Cuando una ley se deroga, significa que se borra por completo y ya no se aplica a nadie. En este caso, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto legal. Así que, para cualquier situación actual, este artículo no sirve y no debes tomarlo en cuenta.
Texto oficial
Artículo 1098.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 24-05-1996. Derogado DOF 23-05-2000
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.