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Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
1101

Artículo 1101 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juez o un tribunal decide si tiene o no autoridad para resolver un caso (eso es la competencia), tiene que explicar por qué lo hace basándose en una ley. No puede decir simplemente "yo sí puedo" o "yo no puedo", sino que debe señalar claramente el artículo o la regla legal que le da ese derecho. Lo mismo aplica cuando un tribunal superior revisa si el juez tenía razón o no. En corto, cualquier decisión sobre si un juez es el indicado para un asunto debe estar justificada con fundamentos legales.

Texto oficial

Artículo 1101.- Todas las providencias que dicten los jueces para sostener su competencia, o los tribunales superiores al resolver dichas cuestiones, deberán ser precisamente fundadas en ley. Artículo reformado DOF 24-05-1996

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 117) ↗

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