- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1169
Artículo 1169 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1169 dice que lo que aplica para el deudor también aplica para los tutores (personas que cuidan a alguien que no puede manejar sus propios asuntos), los socios (compañeros de un negocio) y los administradores (quienes manejan bienes que no son suyos). En pocas palabras, si tienes algún cargo o responsabilidad sobre los bienes de otra persona, las reglas del artículo anterior también te tocan a ti. No es solo el deudor el que queda obligado, sino también quienes están a cargo de sus cosas.
Texto oficial
Artículo 1169.- Las disposiciones del artículo anterior comprenden, no solo al deudor, sino también a los tutores, socios y administradores de bienes ajenos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.