- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1196
Artículo 1196 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Quiere decir que si alguien demanda a otra persona basándose en una suposición que la ley ya da por cierta (una presunción legal), y tú como acusado la niegas, entonces tú eres quien tiene que presentar pruebas de que esa suposición es falsa. O sea, no basta con decir "no es cierto", sino que tienes que demostrar con documentos, testigos o pruebas que lo que la otra parte afirma no es verdad. Esto aplica solo cuando la ley ya favorece a tu contrincante con esa presunción. Por ejemplo, si la ley presume que un padre debe pensión para sus hijos y él lo niega, él tendrá que probar por qué no debe darla.
Texto oficial
Artículo 1196.- También está obligado a probar el que niega, cuando al hacerlo desconoce la presunción legal que tiene a su favor el colitigante.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.