- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1238
Artículo 1238 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un documento privado es cualquier papel o escrito que no sea un documento público, como un acta del registro civil o una escritura ante notario. Por ejemplo, un contrato de renta firmado solo entre tú y el dueño es un documento privado. Estos documentos son válidos pero no tienen la misma fuerza legal que uno público. Sirven para hacer acuerdos entre personas sin necesidad de un funcionario del gobierno.
Texto oficial
Artículo 1238.- Documento privado es cualquiera otro no comprendido en lo que dispone el artículo anterior.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.