- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1251
Artículo 1251 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Artículo 1251. Si en un juicio una de las dos personas (el demandante o el demandado) dice que un documento importante para el caso es falso, entonces se tienen que seguir las reglas sobre delitos que vienen en el Código de Procedimientos Penales. En otras palabras, si alguien acusa de que un papel clave es un fraude, el asunto se trata como un posible delito y se revisa con las leyes penales, no solo las del juicio normal. Lo que importa aquí es que ese documento sea tan relevante que pueda cambiar el resultado del pleito, por eso se toman medidas más serias.
Texto oficial
Artículo 1251.- En el caso de que alguna de las partes sostenga la falsedad de un documento que pueda ser de influencia notoria en el pleito, se observarán las prescripciones relativas del Código de Procedimientos Penales respectivo. CAPITULO XV De la Prueba Pericial
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.