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Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
1251

Artículo 1251 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Artículo 1251. Si en un juicio una de las dos personas (el demandante o el demandado) dice que un documento importante para el caso es falso, entonces se tienen que seguir las reglas sobre delitos que vienen en el Código de Procedimientos Penales. En otras palabras, si alguien acusa de que un papel clave es un fraude, el asunto se trata como un posible delito y se revisa con las leyes penales, no solo las del juicio normal. Lo que importa aquí es que ese documento sea tan relevante que pueda cambiar el resultado del pleito, por eso se toman medidas más serias.

Texto oficial

Artículo 1251.- En el caso de que alguna de las partes sostenga la falsedad de un documento que pueda ser de influencia notoria en el pleito, se observarán las prescripciones relativas del Código de Procedimientos Penales respectivo. CAPITULO XV De la Prueba Pericial

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 142) ↗

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