- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1261
Artículo 1261 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te toca ser testigo en un juicio o trámite legal, tienes la obligación de ir a declarar todo lo que sepas sobre lo que pasó. No importa si no te cae bien la persona que te pide el testimonio, o si no tienes ganas de meterte; la ley dice que tienes que decir tu verdad. Esto aplica para cualquier persona que haya visto o escuchado algo relacionado con el caso. Así que, si te avisan que te van a llamar como testigo, prepárate para cumplir con esa responsabilidad.
Texto oficial
Artículo 1261.- Todos los que tengan conocimiento de los hechos que las partes deben de probar, están obligados a declarar como testigos. Artículo reformado DOF 24-05-1996
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.