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Artículo 127 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Ese artículo ya no existe. Está derogado, que significa que fue eliminado oficialmente de la ley desde el 4 de agosto de 1934. Básicamente, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es válido ni se aplica.

Texto oficial

Artículo 127.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.