- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1276
Artículo 1276 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los testigos deben decir quiénes les contaron lo que pasó, pero también las razones que hacen creer que eso que oyeron es verdad. Hablan de lo que la gente en general cree, basándose en lo que parece más probable. No es suficiente con repetir chismes; tienen que explicar por qué lo que contaron tiene lógica. Esto sirve para que el juez pueda usar suposiciones fundadas al decidir un caso.
Texto oficial
Artículo 1276.- Los testigos no solo deben declarar las personas á quienes oyeron referir el suceso, sino también las causas probables en que descanse la creencia de la sociedad. CAPITULO XIX De las Presunciones
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