- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1297
Artículo 1297 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los documentos que no están escritos ante un notario ni firmados por autoridades se llaman "documentos simples". Si tienes un papel así y quieres demostrar que es verdad, puedes llevar testigos para que lo confirmen. Los testigos deben declarar siguiendo las reglas que dice el capítulo 17 de esta ley. El juez va a decidir cuánto valor darle a lo que digan los testigos, según si su testimonio le parece creíble o no.
Texto oficial
Artículo 1297.- Los documentos simples comprobados por testigos tendrá el valor que merezcan sus testimonios recibidos conforme á lo dispuesto en el cap. XVII.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.