- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 1336
Artículo 1336 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien pierde un juicio o no está de acuerdo con lo que dijo un juez, puede pedirle a un tribunal más grande o de mayor nivel que revise esa decisión. Eso se llama "apelación". El tribunal superior puede dejar las cosas igual (confirmar), cambiarlas (reformar) o anularlas (revocar). Pero no cualquier decisión se puede apelar, solo las que la ley permite, y hay reglas específicas que explican cómo hacerlo.
Texto oficial
Artículo 1336.- Se llama apelación el recurso que se interpone para que el tribunal superior confirme, reforme o revoque las resoluciones del inferior que puedan ser impugnadas por la apelación, en los términos que se precisan en los artículos siguientes. Artículo reformado DOF 24-05-1996, 17-04-2008
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