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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/1364
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
1364

Artículo 1364 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las tercerías coadyuvantes son una herramienta legal que te permite meterte en un juicio para apoyar a una de las partes, como cuando te conviene que esa persona gane el pleito. Puedes hacerlo en cualquier tipo de juicio, sin importar en qué etapa esté, siempre y cuando todavía no se haya dictado una sentencia que ya no se pueda apelar. Es decir, puedes entrar al asunto antes de que se cierre definitivamente. Esto sirve para ayudar a quien ya está peleando, no para iniciar tu propio reclamo.

Texto oficial

Artículo 1364.- Las tercerías coadyuvantes pueden oponerse en cualquier juicio, sea cual fuere la acción que en él se ejercite, y cualquiera que sea el estado en que éste se encuentre, con tal que aún no se haya pronunciado sentencia que cause ejecutoria.

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 163) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.