Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/149
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 149
Artículo 149 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado (derogado) desde el 4 de agosto de 1934. Cuando una ley se deroga, es como si nunca hubiera existido, así que ya no tienes que preocuparte por lo que decía. Básicamente, este artículo está cancelado y no aplica en la actualidad.
Texto oficial
Artículo 149.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.