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Artículo 149 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado (derogado) desde el 4 de agosto de 1934. Cuando una ley se deroga, es como si nunca hubiera existido, así que ya no tienes que preocuparte por lo que decía. Básicamente, este artículo está cancelado y no aplica en la actualidad.

Texto oficial

Artículo 149.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.