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Artículo 150 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley porque fue eliminado desde 1934. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera estado vigente.

Texto oficial

Artículo 150.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-08-1934

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.