Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/416
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 416
Artículo 416 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo fue eliminado de la ley desde 1935. Significa que ya no existe ni aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 416.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.