Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/432
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
432

Artículo 432 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, está derogado, es decir, eliminado oficialmente del código desde el 31 de agosto de 1935. Como fue borrado, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es una regla que te afecte ni te obligue a nada.

Texto oficial

Artículo 432.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 56) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.