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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 432
Artículo 432 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, está derogado, es decir, eliminado oficialmente del código desde el 31 de agosto de 1935. Como fue borrado, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es una regla que te afecte ni te obligue a nada.
Texto oficial
Artículo 432.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935
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