- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 439
Artículo 439 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley hace muchísimos años, desde 1935. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez legal y no se puede usar para nada. Así que no te preocupes por lo que decía, porque ya no existe.
Texto oficial
Artículo 439.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935 CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 57 de 291
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.