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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/440
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
440

Artículo 440 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley, por eso dice que está "derogado". Significa que fue eliminado oficialmente desde el 31 de agosto de 1935. No tienes que preocuparte por él porque ya no aplica para nada ni tiene ningún efecto.

Texto oficial

Artículo 440.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 57) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.