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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 479
Artículo 479 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley. Está derogado, lo que significa que fue cancelado y ya no tiene ningún efecto desde el 27 de agosto de 1932. No tienes que preocuparte por él, porque ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 479.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
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