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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 480
Artículo 480 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe. "Derogar" significa que la ley fue eliminada oficialmente. Desde 1932, ya no tiene ningún efecto legal. No hay nada que aplicar ni que cumplir. Solo queda como un registro histórico.
Texto oficial
Artículo 480.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.