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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/480
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
480

Artículo 480 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. "Derogar" significa que la ley fue eliminada oficialmente. Desde 1932, ya no tiene ningún efecto legal. No hay nada que aplicar ni que cumplir. Solo queda como un registro histórico.

Texto oficial

Artículo 480.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 59) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.