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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 541
Artículo 541 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que fue eliminado oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal. Esto pasó desde 1932, así que no tienes que preocuparte por él.
Texto oficial
Artículo 541.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.