Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/542
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 542
Artículo 542 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley desde hace casi cien años. Cuando una ley dice "derogado" significa que se canceló oficialmente.
Texto oficial
Artículo 542.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
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