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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/542
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
542

Artículo 542 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley desde hace casi cien años. Cuando una ley dice "derogado" significa que se canceló oficialmente.

Texto oficial

Artículo 542.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 63) ↗

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