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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/543
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
543

Artículo 543 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 543 ya no existe en la ley, porque fue eliminado oficialmente el 27 de agosto de 1932. "Derogar" significa quitar o cancelar una regla para que ya no tenga validez. Así que no hay nada que cumplir ni aplicar de este artículo. En tu vida diaria, este artículo no te afecta para nada.

Texto oficial

Artículo 543.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 63) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.