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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/548
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
548

Artículo 548 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 548 fue eliminado de la ley el 27 de agosto de 1932. Eso quiere decir que ya no está vigente y no se aplica en ningún caso. Como está derogado, no tienes que preocuparte por cumplirlo o saber lo que decía.

Texto oficial

Artículo 548.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 64) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.