- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 6
Artículo 6 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 6 al que te refieres ya no sirve, porque fue eliminado de la ley el 27 de enero de 1970. En términos legales, cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. Así que no tienes que preocuparte por él, porque no te afecta en nada. Solo queda como un registro histórico de que antes existía, pero ya no cuenta.
Texto oficial
Artículo 6o.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-01-1970
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.