- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 656
Artículo 656 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley porque fue eliminado en dos fechas distintas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Cuando una ley dice “derogado” significa que ya no tiene validez ni se aplica, así que no debes tomarlo en cuenta. En términos sencillos, no hay nada que explicar porque esta regla ya no está vigente.
Texto oficial
Artículo 656.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.