- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 657
Artículo 657 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe, porque fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no tiene validez, como cuando cancelas una regla o un permiso. Las fechas que ves son los días en que se publicó en el Diario Oficial que ese artículo dejaba de aplicarse. Entonces, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es ley.
Texto oficial
Artículo 657.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.