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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/659
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
659

Artículo 659 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe. La ley lo eliminó en el pasado, así que no aplica para nada. Las fechas indican cuándo fue quitado oficialmente. No te preocupes por él, ya no tiene ni un solo efecto legal.

Texto oficial

Artículo 659.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 75) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.