- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 682
Artículo 682 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice "derogado", significa que se quitó oficialmente y ya no está vigente. Las fechas que ves son los días en que se publicó su eliminación en el periódico oficial. En pocas palabras, no te preocupes por este artículo, ya no existe legalmente.
Texto oficial
Artículo 682.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994 CAPITULO II De los Capitanes (Se deroga). Capítulo derogado DOF 21-11-1963
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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