- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 734
Artículo 734 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada. Está "derogado", que significa que fue eliminado de la ley y no tiene ningún efecto legal. Si ves esto en un documento legal, ignóralo por completo, porque ya no es válido desde hace muchos años.
Texto oficial
Artículo 734.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994 CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 80 de 291
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