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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/736
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
736

Artículo 736 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 736 ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley. Está derogado, o sea, cancelado oficialmente, desde dos fechas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. No tienes que preocuparte por él, solo ignóralo.

Texto oficial

Artículo 736.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 80) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.