- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 766
Artículo 766 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe. Significa que fue eliminado de la ley hace muchos años, primero en 1963 y luego otra vez en 1994. Como está derogado, ya no tiene ningún efecto ni hay que aplicarlo. En pocas palabras, no te preocupes por él porque ya no es parte del Código de Comercio.
Texto oficial
Artículo 766.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994 CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 82 de 291
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.