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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/784
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
784

Artículo 784 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, fue eliminado del Código de Comercio por dos reformas, una en 1963 y otra en 1994. Al estar derogado, ya no tiene ningún efecto legal, así que no debes preocuparte por lo que decía. Para cualquier asunto comercial debes revisar las leyes actuales.

Texto oficial

Artículo 784.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 83) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.