- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 794
Artículo 794 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo fue eliminado del Código. La abreviatura “DOF” se refiere al Diario Oficial de la Federación, que es como el periódico donde se publican las leyes en México. Se borró primero el 21 de noviembre de 1963 y después otra vez el 4 de enero de 1994. Hoy ya no existe ni se aplica, así que no tienes que preocuparte por nada de lo que decía.
Texto oficial
Artículo 794.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.