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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/800
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
800

Artículo 800 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no tiene ningún efecto legal. Se quitó oficialmente del Código en dos fechas distintas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994.

Texto oficial

Artículo 800.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 84) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.